Instructivo AGIP – ABL

Solicitud de beneficio fiscal en el Impuesto Inmobiliario contemplado en el artículo 412 del Código Fiscal, el administrador/a deberá enviar un mail a: [email protected]

1) En el asunto del mail detallar nombre exacto del consorcio como indica el acta constitutiva.

2) Informando un correo electrónico correspondiente al consorcio.

3) Deberán presentar la siguiente documentación en formato PDF e identificar cada archivo con el nombre de contenido (excluyente):

  1. a) Realizar nota peticionando el reconocimiento de la bonificación parcial del Impuesto Inmobiliario. Suscripta por el administrador del consorcio
  2. b) Escrito con carácter de declaración jurada la totalidad del personal que presta servicios bajo la modalidad de contratos de trabajo en relación de dependencia.
  3. c) Escrito con carácter de declaración jurada respecto del destino vivienda y/u oficina de las unidades funcionales del inmueble.
  4. d) Copia del reglamento de propiedad horizontal (COPIA CERTIFICADA).
  5. e) Copia de la última acta de designación del administrador (COPIA CERTIFICADA).
  6. f) Constancia de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del consorcio de propiedad horizontal.
  7. g) Formulario/s 931 presentado/s ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), de la totalidad de empleados que prestan servicios para el consorcio de propiedad horizontal.
  8. h) Listado de unidades funcionales
  9. i) Documento Nacional de Identidad del administrador del consorcio.

4) Una vez proporcionada la documentación solicitada, SERACARH iniciara el proceso enviando la documentación recibida a la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).

5) Una vez AGIP resuelva, la resolución sera enviada al correo que informaron en la solicitud.