Solicitud de beneficio fiscal en el Impuesto Inmobiliario contemplado en el artículo 412 del Código Fiscal, el administrador/a deberá enviar un mail a: [email protected]
1) En el asunto del mail detallar nombre exacto del consorcio como indica el acta constitutiva.
2) Informando un correo electrónico correspondiente al consorcio.
3) Deberán presentar la siguiente documentación en formato PDF e identificar cada archivo con el nombre de contenido (excluyente):
- a) Realizar nota peticionando el reconocimiento de la bonificación parcial del Impuesto Inmobiliario. Suscripta por el administrador del consorcio
- b) Escrito con carácter de declaración jurada la totalidad del personal que presta servicios bajo la modalidad de contratos de trabajo en relación de dependencia.
- c) Escrito con carácter de declaración jurada respecto del destino vivienda y/u oficina de las unidades funcionales del inmueble.
- d) Copia del reglamento de propiedad horizontal (COPIA CERTIFICADA).
- e) Copia de la última acta de designación del administrador (COPIA CERTIFICADA).
- f) Constancia de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del consorcio de propiedad horizontal.
- g) Formulario/s 931 presentado/s ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), de la totalidad de empleados que prestan servicios para el consorcio de propiedad horizontal.
- h) Listado de unidades funcionales
- i) Documento Nacional de Identidad del administrador del consorcio.
4) Una vez proporcionada la documentación solicitada, SERACARH iniciara el proceso enviando la documentación recibida a la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).
5) Una vez AGIP resuelva, la resolución sera enviada al correo que informaron en la solicitud.

